lunes, 25 de septiembre de 2023

 PRECISIONES PARA EL PROCESO DE ROTACIÓN POR INTERES PERSONAL DEL SERVIDOR ADMINISTRATIVO NOMBRADOS BAJO LA MODALIDAD DEL D.LEG 276 (D.L. N° 276 / D. S. N° 005-90-PCM/ Resolución Ministerial N° 0639-2004-ED y su modificatoria por R.S.G. Nº 320- 2017-MINEDU y por R.S.G. Nº 251-2018-MINEDU / R.G.R. Nº 2240-2023) 

1. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS: 

     MODALIDAD::: Presencial 

     LUGAR : Sede de la UGEL Arequipa sur-Tasahuayo

Para participar en el proceso, los postulantes deberán acreditar los requisitos generales descrito en el Art. 5 de la Resolución Ministerial Nº 639-2004-ED 

2. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: 

FUT señalando: “Solicito participar en el proceso de rotación de personal administrativo” (especificando hasta 03 alterna vas del nuevo centro de trabajo, el cargo y la plaza donde pretende ser ROTADO) 

-Documento Nacional de Identidad (DNI) 

-Informe Escalafonario  

-Declaración Jurada de Autenticidad de datos consignados y documentos. 

-Documento de Recolección de datos y Autorización para contacto 

-Declaración Jurada de Domicilio, en caso corresponda. 

Para el caso de rotación por:

UNIDAD FAMILIAR, el postulante acreditará adjuntando los siguientes documentos según (R.M. N° 639- 2004-ED Artículo 12). 

▪ Constancia de trabajo del cónyuge, expedida por la autoridad correspondiente. 

▪ Declaración Jurada Simple del trabajador que acredite su vínculo matrimonial y su ubicación domiciliaria. 

▪ Los hijos menores, estudiantes o incapacitados y padres mayores de 70 años o incapacitados que dependen del trabajador y viven en el lugar de destino, se acreditará con la constancia de estudios de los hijos y la declaración jurada simple del trabajador sobre el particular y la ubicación domiciliaria de ellos 

- El postulante es responsable de la veracidad de sus datos personales para efectos de la inscripción y de los errores u omisiones en esta. 

- Se adjunta Modelos de Declaración Jurada, Cronograma y plazas vacantes (Tomar en consideración la Categoría Remunerativa que esta precisada en la relación de plazas vacantes) las plazas de convenio deben contar con la carta de propuesta de la congregación). 

PRECISIONES NORMATIVAS 

1. Para el caso del proceso de ROTACIÓN, se debe tener en consideración que las plazas vacantes se encuentran en la categoría remunerativa “PF” (Profesional), “TF” (Técnico) y “AF” (Auxiliar), conforme el D.S. N° 320-2022-EF, en el Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal” – Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DNP, numeral 3.2.1 Es la acción administrativa que consisten en la reubicación del servidor al interior de la entidad para asignarle funciones según su grupo ocupacional y categoría remunerativa alcanzada, teniendo en cuenta que actualmente se ha tenido problemas en el registro en el aplicativo informático AIRHSP. 

2. Así mismo en la RSG N° 320-2017-MINEDU en el Artículo Único, modifica el artículo 4 del Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo (…) quedado de la siguiente manera “Artículo 4.- La rotación consiste en la reubicación del servidor al interior de la entidad para asignarle funciones según el nivel de carrera y grupo ocupacional alcanzados, siempre que exista el cargo y plaza y además cumpla con los requisitos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos del cargo materia de la rotación”. 

En tal sentido también deberá tomarse en cuenta los niveles remunerativos y el Manual del Clasificador de Cargos aprobado mediante RSG N° 197-2022-MINEDU. 

DECLARACIÓN JURADA DE AUTENTICIDAD DE DOCUMENTOS PRESENTADOS


DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO